31 de Marzo de 2009
INSTRUCTIVO MEDIOS MAGNÉTICOS
Con ocasión de la presentación de la información de medios magnéticos a la DIAN, compartimos con ustedes el instructivo emanado por la Administración tributaria para el cumplimiento de dicha obligación.
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30 de Marzo de 2009
INFORMACIÓN EXÓGENA
Compartimos con ustedes la expedición de las siguientes Resoluciones con ocasión a la ampliación de los plazos para presentar información exógena tributaria a través de los servicios informáticos de la DIAN:
Resolución 3067 del 25 de marzo de 2009. La presente Resolución prevee que para los obligados a presentar dicha información en el plazo que vencía el 24 de marzo de 2009, se ampliará hasta el 31 de marzo de 2009, extendiendo así el plazo establecido en los artículos 9, 4, 4, 3 y 18 de las Resoluciones 3841, 3843, 3845, 3846 y 3847 de 2008, respectivamente, para que los obligados cuyo NIT termina en los dígitos 96 a 00, presenten la información por el servicio informático electrónico de envío de archivos, sin que opere sanción por extemporaneidad.
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Resolución 3158 del 27 de marzo de 2009. En la presente Resolución, la DIAN amplía el plazo para presentar información exógena tributaria a través de los servicios informáticos, motivada en que durante el día 25 de marzo de 2009 se presentó una situación técnica extraordinaria que impidió el adecuado funcionamiento de los Servicios Informáticos Electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, fecha en la cual se cumplía el vencimiento para la entrega de la información, ampliándose el plazo para la presentación de información exógena tributaria hasta el día 31 de marzo de 2009, para que los obligados cuyo NIT termina en los dígitos 91 a 95, presenten la información por el servicio informático electrónico de envío de archivos, sin que opere sanción por extemporaneidad.
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12 de Marzo de 2009
FACTURACIÓN
Compartimos con ustedes la expedición del Decreto 672 del 6 de Marzo de 2009, por medio del cual se derogó el Decreto 4270 del 11 de noviembre de 2008, que había extendido el plazo hasta el 28 de febrero para la utilización de las facturas que no reunieran los requisitos de la Ley 1231 de 2008.
Con la presente normatividad se estableció que las empresas que aún tengan facturas cambiarias de compraventa o de transporte, que estén amparadas por una Resolución de Facturación vigente, podrán seguir utilizando tales facturas hasta agotar las existencias o hasta que se venza la autorización otorgada por la DIAN, pudiendo ser incorporados al título de forma mecánica por medio de sello, leyenda o manuscrito, los requisitos faltantes para adquirir el raigambre de titulo valor sin que por ello las facturas pierdan tal calidad..
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